sábado, 24 de junio de 2023

Políticas penales

En un lugar poco conocido de internet, Doc Extraño. El iurisrenegado, encuentro esta entrada que bien puede servir para entender el contraproducente lío que se ha montado en torno a la ley del Solo Sí es  y su discutida reforma.

Una ley que, aprobada por una gran mayoría (205 votos a favor, 141 en contra, los de PP y Vox, y 3 abstenciones), fue casi inmediatamente reformada por una mayoría aún mayor: 233 votos a favor, 59 votos en contra y 4 abstenciones. Si antes hubo una sola ausencia, después faltaron 54 diputados, tal vez fuera porque consideraron que su presencia no cambiaría nada, o quizá como una forma menos comprometida de abstenerse.

Cabe suponer que quienes cambiaron tan rápidamente el voto eran unos estúpidos que de pronto vieron la luz. Podemos dar por seguro que los 141 que antes estuvieron en contra estarían a favor ahora. Quiere esto decir que el resto, más de 60, reconocieron alegremente que no tenían ni puñetera idea de lo que habían votado antes.

Aunque esto pueda poner en cuestión la inteligencia o la decencia de una parte considerable de los diputados, es quizá más grave observar la facilidad conque las excarcelaciones dictadas por algunos jueces escandalizaron a tanta gente, dejando claro el concepto de la justicia que todavía impera en una parte de la sociedad.

Por eso viene al pelo el análisis histórico que este "extraño letrado" hace de los tres tipos básicos de políticas penales:

-Retribucionismo: se resume en la frase "el que la hace la paga". Es el primitivo ojo por ojo y diente por diente.

-Prevención general: lo expresado por la frase "escarmentar en cabeza ajena". Aplicar penas ejemplarizantes para prevenir el delito por miedo al castigo.

-Prevención especialasumiendo que el delito tiene causas que varían en función del tipo y del delincuente, pretende buscar y atacar las causas del delito y rehabilitar al delincuente. 

Esta concepción de la justicia, la que al menos en teoría alimenta las modernas constituciones, arranca de la obra de Cesare Beccaria, que la desarrolló en su obra De los delitos y las penas. Todavía hoy, mas allá de consideraciones declarativas, sigue instalada en la práctica una mezcla, atemperada por alguna consideración de tipo sociológico, de los dos primeros tipos de penalización: retribución y escarmiento.

Vindicta pública suprema lex: esta vieja sentencia proclamaba sin tapujos la consideración de la pena como "venganza pública". Pero si algo tienen las venganzas es que son personales; en realidad no se hacen por la víctima sino para satisfacer un deseo o una frustración personal, por eso no deberían ser nunca sociales. Que tal ocurra es una realidad preocupante, y hemos visto como aplicada visceralmente a llevado al genocidio en demasiadas ocasiones.

Este "jurista renegado" considera dos motivos para evitar este tipo de justicia. Porque expulsa de la sociedad a una persona o a un grupo y porque si conceptúas al delincuente como algo ajeno y diferente a tu sociedad, estarás siempre obviando qué lo ha convertido en delincuente y si estamos nosotros mismos produciéndolos en alguna medida, con lo que nunca solucionarás o siquiera tratarás el problema.

Entiéndaseme: no quiero decir que los violadores constituyan un grupo social a defender, sino que el predominio de criterios punitivos sobre otras consideraciones destapa una inquietante enfermedad colectiva que hábilmente manejada puede derivar en toda clase de populismos de corte fascista.

Es lamentable que con tanta facilidad se haya cedido a criterios punitivos de menor cuantía en la reforma de la susodicha ley, y que el ruido provocado haya cedido a consideraciones más objetivas y trascendentes. Y también desviado la atención, en tiempos convulsamente electorales, de otras cuestiones de un calado mucho mayor.

El arrastre se ha producido desde la extrema derecha hasta la derecha más o menos extrema, incluyendo a sectores de cierta izquierda. El respeto humano, según lo llamaba aquel catecismo que me hicieron estudiar, rige el comportamiento de quienes hacen o dejan de hacer algo no por razones objetivas, sino principalmente por la opinión de los demás, por lo que familiarmente se llama el qué dirán. La opinión pública coincide cada vez más con la opinión publicada, y así nos luce el pelo.

Así termina su disertación este raro letrado:

Por cierto, a much@s no se os escapará que esto que estoy contando es lo que tendría que haber dicho Irene Montero para defender la ley del solo sí es sí (esta era la óptica de esa ley), en lugar de huir hacia adelante.

Tan sencillo como "estamos instaurando una política penal moderna y avalada por las ciencias jurídicas y sociales, no estamos para populismo barato".

Con el corolario de "si tanto os preocupa la impunidad, preguntaos por qué los requisitos de perseguibilidad y las penas de los delitos de cuello blanco son 1.000 veces más restringidas que las del resto de delitos". Y ya de paso pones a todos esos jurisconsultos indignados a explicar por qué nuestro CP está pensado para que los poderosos escapen fácilmente del mismo.

Sigue el texto completo:

Justicia















Mirad, si hay algo que me toca los cojones es el populismo punitivista y los intentos de crear sociedades de control. Así que por quedarme más tranquilo os voy a explicar (en realidad una vez más) por qué es absolutamente inútil además de socialmente corrosivo. A ver, históricamente existen 3 tipos de políticas penales, tienen variantes pero al final la dominante es una de estas 3:

-Retribucionismo: se resume en la frase "el que la hace la paga", se caracteriza por ser un sistema muy rígido, impermeable a los condicionantes psicológicos, sociales, económicos. etc. Es el mas antiguo de todos y pese a tener sus manifestaciones aún hoy en día, fue abandonado como política dominante por ser ineficaz además de ontológicamente injusto (baste decir que era el tipo de justicia de la época de Dickens).

Para más info tengo por ahí una historia sobre la rebelión de los jueces ingleses de 1802 (estaban un poco hartos de colgar niños, no, no es una exageración).

-Prevención general: se resume en la frase "escarmentar en cabeza ajena". Se ha usado mucho a lo largo de la historia pero es a partir de la ilustración donde obtiene verdadero empuje a nivel teórico, también se le llama penalismo de Voltaire.

Su funcionamiento es sencillo, son las penas ejemplarizantes con objeto de prevenir el delito por el miedo a la pena. Como en el caso anterior, obvia todo condicionante social, psicológico o económico, es el favorito de los regímenes populistas y totalitarios. Es el famoso populismo punitivo que tan en boga vuelve a estar. En la doctrina dominante fue abandonado por ser no solamente inhumano, sino también ser notablemente ineficaz y hasta contraproducente, toda vez que degeneraba siempre en una carrera armamentística de bestialidad social, basta decir una sigla: EEUU.

-Finalmente llegamos a la tercera opción, se le llama prevención especial. Es más compleja de lo que se cree y es a la que está abonado tanto nuestro código penal (o esa era la intención) y por supuesto la constitución.

Por resumirlo mucho consiste en asumir que el delito tiene sus causas y que varían en función del tipo y del delincuente. Su finalidad es buscar y atacar las causas del delito y la rehabilitación del delincuente. Tiene un enfoque multidisciplinar, toda vez que se combina con políticas sociales y económicas, así como psicoeducativas. En este sentido pretende adelantarse al delito, reducir su gravedad y reinsertar al delincuente en lo posible.

Es el sistema penal típico de las sociedades modernas y el que más eficacia ha demostrado a lo largo de los años. También es el más atacado por los elementos reaccionarios por "buenista".

Tenemos ejemplos por todo el CP, pero el que más me gusta citar es el de los delitos contra la propiedad simples (robo y hurto), que también son los más comunes. Ya hice un hilo en su día sobre cómo la regulación de esos delitos buscaba (y además eficazmente) proteger los bienes jurídicos vida e integridad física frente a la propiedad, de modo que si bien la sustracción de la propiedad en si, no era penada muy severamente, la pena aumentaba en gran medida cuando lo sustraído era de primera necesidad o dejaba a la víctima en muy mala situación, pegando un subidón espectacular cuando se ponía directa o indirectamente la vida o integridad de las víctimas en riesgo (el robo). Es la famosa historia del ratero con un registro de antecedentes kilométrico que "entra por una puerta y sale por la otra", que en realidad no es cierto, los cargos y las penas se acumulan, por leves que sean y acabas pringando.

Lo que no suelen contar esas indignantes historias es que en realidad es un éxito de política penal, los rateros no son tontos y saben muy bien donde están los límites, aunque a veces los fuercen. El cachondeíto policial y hasta judicial con Paco "el ñapas" o "Susi dedoslargos" se acaba muy rápido si hacen daño a gente o la ponen en peligro. Por eso corren y cuando los acorralan los guripas no oponen la menor resistencia. ¿Violencia? Rara vez es buena para el negocio, eso solo ocurre con 4 bandas de tarados (que por supuesto salen muchísimo en la tele) y en las películas de Charles Bronson.

Es también en estos delitos donde entra el enfoque multidisciplinar, puesto que los delitos contra el patrimonio como forma de vida, tienen causa socioeconómica la mayoría de las veces. Pensad que, aunque haya gente que la haya escogido, no es un modo de vida fácil, tanto que nos gusta quejarnos a los autónomos, imaginad serlo y además perseguido por la ley.

Algo que os dirá cualquier delincuente habitual: al final todo el mundo pringa. Mucho o poco pero la ley de probabilidades es una bicha muy mala.

No existen las historias de delincuentes que acaben bien para ellos, ni en la ficción. Las únicas que hay son las de los que se salieron a tiempo y es un caso de cada 10.000.

Os gustó Narcos o Fariña? Que chulos, eh? Mirad como acaban tarde o temprano. 

Seguro que estáis pensando en delitos más graves, contra la vida, indemnidad sexual, etc., que son los que más miedo dan.

Bueno, pues os cuento que en realidad es en ese tipo de delitos (con menor condicionante socioeconómico) donde la prevención especial es mas eficaz.

Lo primero que tenéis que quitaros de la mente es lo de que "estos delincuentes no se rehabilitan", es una cuñadez sin ninguna base, pero ninguna.

Por solo daros dos ejemplos: los homicidas se rehabilitan en más de un 90%, muy pocas veces reinciden.

Y (la piedra de toque en el populismo moderno), los delincuentes sexuales tienen una tasa de reinserción del 75-80% en todos los estudios publicados. Los depredadores sexuales, como los asesinos en serie, son en realidad muy raros, aunque, claro está, sean los que copen las portadas una y otra vez dando la impresión de ser una avalancha. 

En realidad tiene total coherencia con la génesis de este tipo de delitos, los violadores o abusadores sexuales son delincuentes de oportunidad, motivados por causas psicológicas y/o socioculturales, que además suelen tener una "carrera" en el sentido de que cuando investigas, descubres que rara vez han empezado por la modalidad más bestia de ese tipo de delitos.

Ese es uno de los puntos de ataque de la prevención especial, la seguridad de la pena (que te pillen y condenen seguro) es mucho más eficaz y preventivo que poner penas brutales a las modalidades mas graves. Esto en política penal es casi un axioma.

De modo que, y como reflexión final, cabe preguntarse de qué sirve en términos de seguridad subir estratosféricamente las penas a los violadores si solo vas a actuar cuando ya han alcanzado la modalidad más grave y tu concepto de violación es tan restringido que solo contempla los menos de los casos (el violador en serie inmigrante que acecha en un portal, que es lo que venden los medios).

Por cierto, sentíos libres de comentar lo que queráis pero antes recordad que las tripas son para digerir la comida y lo de pensar se hace mucho más arriba.

Por no hablar de que las políticas penales se hacen para toda la población, no para un caso.

Mirad, si algo tienen las venganzas es que son personales, en realidad no se hacen por la víctima sino para satisfacer un deseo o una frustración personal, por eso no pueden ser sociales.

Lo contrario es de lo más perjudicial para cualquier sociedad por dos motivos:

El primero y más evidente es que ello supone sacar conceptualmente a una persona o un grupo de personas de esa sociedad, un camino peligroso de cojones que SIEMPRE acaba como no querías.

El segundo deriva de la primera circunstancia y es que si conceptúas al delincuente como algo ajeno y diferente a tu sociedad, estarás siempre obviando qué lo ha convertido en delincuente y si estamos nosotros mismos produciéndolos en alguna medida, con lo que nunca solucionarás o siquiera tratarás el problema.

Por cierto, a much@s no se os escapará que esto que estoy contando es lo que tendría que haber dicho Irene Montero para defender la ley del solo sí es sí (esta era la óptica de esa ley), en lugar de huir hacia adelante.

Tan sencillo como "estamos instaurando una política penal moderna y avalada por las ciencias jurídicas y sociales, no estamos para populismo barato".

Con el corolario de "si tanto os preocupa la impunidad, preguntaos por qué los requisitos de perseguibilidad y las penas de los delitos de cuello blanco son 1.000 veces más restringidas que las del resto de delitos". Y ya de paso pones a todos esos jurisconsultos indignados a explicar por qué nuestro CP está pensado para que los poderosos escapen fácilmente del mismo.

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